La Comisión ordenó al PES que sustituya –en un plazo no mayor a 6 horas- el promocional de televisión “Juntos haremos historia”, de AMLO.
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) avaló dos spots en que se promueve al panista Ricardo Anaya Cortés como precandidato a la Presidencia de la República.
En sesión extraordinaria urgente y en votación dividida, la Comisión declaró la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas por el PRI en contra del spot de radio y televisión denominado “AUTOCRÍTICA RAC MOVIMIENTO CIUDADANO” pautado por Movimiento Ciudadano, así como del spot “JUNTOS TV” pautado por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), en el que se promueve a Ricardo Anaya Cortés como precandidato presidencial.
Los consejeros Benito Nacif y Claudia Zavala votaron por la improcedencia y Adriana Favela, quien generalmente vota a favor de los intereses del PRI, sufragó en contra.
De acuerdo con un comunicado del INE, emitido la noche de este viernes, la Comisión resolvió que la promoción por sí misma de Ricardo Anaya, como precandidato de la coalición “Por México al Frente” no contraviene la norma electoral, y en todo caso será la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la que determine, como parte del análisis de fondo, los alcance de la cláusula cuarta del Convenio de Coalición, firmado por los partidos Acción Nacional (PAN), PRD y Movimiento Ciudadano.
Ordenan sustituir spot de AMLO
En la misma sesión, la Comisión de Quejas ordenó al Partido Encuentro Social que sustituya –en un plazo no mayor a 6 horas- el promocional de televisión “Juntos haremos historia”, en el que se promueve la imagen del precandidato a la Presidencia de la República, Andrés Manuel López Obrador, en diferentes entidades del país a través de la pauta local, en una probable contravención a la norma electoral.
Por unanimidad, la Comisión concedió las medidas cautelares solicitadas por el Partido Acción Nacional (PAN), Nueva Alianza y el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y determinó que en las pautas locales no se pueden transmitir promocionales relacionados con el Proceso Electoral Federal, porque se generaría un mayor posicionamiento de candidatos a cargos de elección federal, en detrimento de quienes participan en comicios estatales, así como del principio de equidad en la contienda, y precisó que cuando las elecciones locales sean concurrentes con la federal -como ocurre en el presente caso- los partidos políticos deben usar su tiempo asignado para cada elección en particular.
Fuente: http://aristeguinoticias.com