Juez da 5 días para incluir a menores en vacunación COVID

Claudia Gámez Galindo, secretaria en funciones de Juez Séptimo de Distrito en el Estado de México, dio un plazo de cinco días al gobierno federal para incluir a los menores de 12 a 17 años en la Política Nacional de Vacunación (PVN) contra COVID-19.

Dijo que de incumplir dicha determinación se dará vista a la Fiscalía General de la República (FGR) para que sancione el posible desacato de las autoridades a la orden judicial.

a orden está relacionada con la suspensión definitiva que Gámez Galindo concedió el 7 de octubre pasado a favor de toda la población menor de edad, entre 12 y 17 años, para ser contemplados en la proceso de vacunación.

“Se concede a las autoridades responsables prórroga de 5 días hábiles, contados a partir de la legal notificación, para que den cumplimiento a la suspensión definitiva dictada”, dijo Gámez Galindo.

Recordó que al dar la suspensión definitiva de 7 de octubre pasado se dio un plazo de 48 horas para que las autoridades actualicen o adicionen la “Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2″.

El objetivo de la determinación es que se incluya a los menores de 18 y hasta los 12 años de edad en el PNV para ser inoculados contra COVID-19.

Gámez Galindo señaló que el biológico que deberá ser aplicado a ese grupo es el Pfizer-BioNtech, por ser el único que las autoridades sanitarias han autorizado hasta el momento para su aplicación de emergencia a niños, niñas y adolescentes.

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Detalló que el 14 de octubre pasado, el subdirector de Recursos Administrativos de la Secretaría de Salud, en representación de Jorge Alcocer, titular de la dependencia y de Hugo López Gatell, titular de la subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, solicitó una prórroga para acatar la suspensión definitiva.

En atención a ello, la secretaria en funciones de juez dio la prorroga y dijo que en un plazo de cinco días debe cumplirse con la medida ordenada en la suspensión definitiva a favor de los menores de edad de 12 a 17 años.

“En ese sentido, reitérese a las autoridades responsables que el incumplimiento de la medida cautelar implica el delito de abuso de autoridad por lo que cualquier violación a la misma dará lugar a que se dé vista al agente del ministerio público de la federación para los efectos conducentes”, advirtió.

La penalidad prevista para dicho delito es de 1 a nueve años de prisión, según lo previsto en el artículo 215 del Código Penal Federal.

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