El presidente Andrés Manuel López Obrador envió al Congreso una iniciativa para expedir la Ley de Amnistía. Aunque hace algunas semanas había anunciado que ese proyecto de ley se presentaría como “preferente”, para poder ser procesado en menor tiempo, el Jefe del Ejecutivo decidió esperar para realizar propuesta en el marco del 209 aniversario de la Independencia.
El coordinador de los diputados federales de Morena, Mario Delgado Carrillo, informó que ayer recibieron la iniciativa presidencial, con la que se pretende otorgar la libertad a personas presas por ciertos actos delictivos, para que puedan reintegrarse a la vida en sociedad.
Según la propuesta, detalló, la liberación procederá bajo ciertas condiciones, ya que no aplicará reincidentes, sentenciados por homicidio, lesiones o secuestro; delincuentes que hayan utilizado armas de fuego o que hayan incurrido en delitos graves relacionados en el artículo 19 Constitucional.
“La amnistía beneficiaría a quienes están en prisión por delitos menores, no para quienes causen graves daños a las personas”, aseveró. La iniciativa se plantea que la Fiscalía General de la República pueda velar por el cumplimiento de tales condiciones y la Secretaría de Gobernación hará lo propio respecto de los presos políticos.
Además, el Ejecutivo Federal integrará una Comisión que dará seguimiento y vigilará la aplicación de la Ley de Amnistía, misma que podrá solicitar el beneficio de la Ley cuando existan casos que lo ameritan.
También aclaró que el indulto y la amnistía son distintos pero comparten el objetivo de conceder la libertad y ofrecer la oportunidad de la reinserción social. “La amnistía, además, está respaldada por la voluntad popular representada en el Congreso”, expresó.
“Por ello, en el marco del 209 aniversario del Grito de Independencia, el Presidente presenta la Ley de Amnistía, como expresión concreta del compromiso de aliviar las injusticias que padece el pueblo de México, como la carencia de condiciones reales de acceso a una justicia pronta y expedita íntimamente relacionada con la pobreza, la marginación y el flagelo de la corrupción”.
El coordinador morenista explicó que la propuesta beneficiará a jóvenes relacionados con delitos contra la salud, ya sea porque son consumidores acusados de narcomenudeo o porque se vieron obligados a participar en hechos ilícitos frente a su situación de pobreza o bajo amenazas derivadas del fenómeno de violencia desatado bajo el pasado régimen e gobierno.
También incluirá a sentenciados por robo simple sin violencia. Mario Delgado sostuvo que beneficiará a mujeres criminalizadas por realizarse un aborto y los médicos o parteras que participaron; a personas indígenas que no tuvieron oportunidad de una adecuada defensa, y a presos políticos o de consciencia, acusado por delitos inverosímiles.
“Existen varios elementos o signos distintivos comunes en muchas de las personas presas, tales como la baja escolaridad o incluso analfabetismo, y en muchos casos su pertenencia a una comunidad o pueblo indígena”, manifestó.
“También, que diversos análisis arrojan una relación entre pobreza e injusticia, entre marginación y denegación de justicia”.
NO BENEFICIA A AUTODEFENSAS
La iniciativa de Ley de Amnistía del presidente Andrés Manuel López Obrador detalla que la ley no beneficiará a grupos como las autodefensas. “Reitero que no es intención, ni es propósito de la presente iniciativa de Ley de Amnistía, otorgar sus beneficios a quienes pretextando defender a la población han usurpado las facultades y funciones que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos tiene reservados, en exclusiva, a las instituciones de seguridad pública del Estado mexicano”, indica en la exposición de motivos de la iniciativa que mandó al Congreso
LEY DE AMNISTÍA BENEFICIARÍA A:
-Jóvenes relacionados con delitos contra la salud (consumidores acusados de narcomenudeo, obligados a participar en hechos ilícitos o bajo amenazas).
-Sentenciados por robo simple sin violencia a condenados a menos de 4 años.
-Mujeres criminalizadas por realizarse un aborto y los médicos o parteras que participaron.
-Indígenas que no tuvieron oportunidad de una adecuada defensa.
-Presos políticos o de consciencia, acusado por delitos inverosímiles.
LA LEY DE AMNISTÍA NO SE APLICARÁ A:
-Reincidentes.
-Sentenciados por homicidio, lesiones o secuestro.
-Delincuentes que hayan utilizado armas de fuego o que hayan incurrido en delitos graves relacionados en el artículo 19 Constitucional (referido a la prisión preventiva)
Fuente: http://www.lacronica.com