Aunque el presidente Andrés Manuel López Obrador reafirmó su intención de impulsar su iniciativa de reforma electoral en febrero de 2024, enfrenta barreras legales que podrían impedir su aplicación durante el proceso federal en curso. Según el artículo 105 constitucional, las leyes electorales deben promulgarse al menos noventa días antes del inicio del proceso electoral, y no se permiten modificaciones legales fundamentales durante el mismo.
La propuesta de López Obrador, al tratarse de una reforma constitucional, no puede ser enviada con carácter de preferente, ya que lo prohíbe el artículo 71. Las iniciativas presentadas también deben ser de carácter secundario, presentadas al inicio de los periodos ordinarios y limitadas a dos, según el mismo artículo.
Cuando el Presidente presentó su plan B de reforma electoral, enfocada en modificaciones a leyes secundarias, se estableció que estas no aplicarían para los procesos electorales en curso. Francisco Burgoa, experto en derecho constitucional de la UNAM, destaca que, aunque legalmente López Obrador puede presentar la reforma, no será aplicable en este ciclo electoral que inició el 7 de septiembre. Burgoa sugiere que sería más prudente esperar al siguiente ciclo electoral o incluso hasta contar con un nuevo Congreso.
El académico también señala la posibilidad de que el Presidente busque más generar controversia que obtener una victoria jurídica, lo que podría generar un ambiente de discusión pública desfavorable en pleno proceso electoral.