SCJN avala reabrir juicios concluidos si hay indicios de fraude

Por 5 votos a 4, la Corte abre la puerta a nulidad de juicio concluido aun fuera de la ley; oposición advierte riesgos.

El Pleno aprobó que pueda declararse la nulidad de juicio concluido en casos mercantiles, pese a que el Código de Comercio no prevé esa posibilidad. Apenas en marzo, la integración anterior de la Corte había sostenido lo contrario, estableciendo que no puede aplicarse esa nulidad cuando la legislación del proceso no la contempla.

El presidente de la Corte, Hugo Aguilar, defendió la nueva postura con una pregunta central:
¿Hay cosa juzgada cuando se llega a ella mediante fraude o acuerdos indebidos?”. Argumentó que permitir una revisión excepcional es razonable cuando existan indicios o pruebas de que la sentencia firme se obtuvo mediante prácticas ilícitas.

Un criterio sin efectos obligatorios… por ahora

La propuesta inicial de la ministra Loretta Ortiz se basaba en la jurisprudencia vigente, por lo que deberá redactar un nuevo proyecto acorde con el criterio adoptado. Sin embargo, la resolución no alcanzó los seis votos necesarios para convertirse en jurisprudencia, por lo que quedará como un precedente aislado.

Tampoco se estableció si esta figura podría extenderse a otras materias, además de la civil y mercantil, lo que será objeto de discusiones posteriores.

Advertencias por el riesgo a la cosa juzgada

Los ministros en minoría alertaron que la decisión puede afectar la estabilidad del sistema judicial.
El ministro Giovanni Figueroa afirmó que la cosa juzgada es “un pilar de la convivencia social” y que flexibilizarla genera incertidumbre a quienes litigan.

Lee:  Productores advierten “alerta máxima” por reforma de Ley de Aguas

La ministra Yasmín Esquivel añadió que la Corte estaría “inventando instancias judiciales que ni siquiera el legislador consideró”, lo que podría interpretarse como una extralimitación de facultades.

En el debate surgió el caso del Paraje San Juan, un litigio millonario en el que se redujo drásticamente un pago ordenado al entonces Gobierno del Distrito Federal. La ministra María Estela Ríos, quien participó en la defensa de ese asunto, aclaró que no se aplicó ninguna nulidad de juicio concluido, y que el resultado derivó de la revisión ordinaria del expediente.

Un fallo en medio de tensiones internas

La decisión ocurre mientras la Corte enfrenta cuestionamientos por abrir una consulta —aún pendiente— sobre si puede revisar fallos de Salas anteriores, y después de atraer un asunto fiscal de FEMSA, apenas una semana después de haberlo rechazado.

Los ministros que votaron a favor de permitir la nulidad de juicio concluido, aun sin base legal expresa, fueron Lenia Batres, Hugo Aguilar, Loretta Ortiz, Sara Herrerías e Irving Espinosa.
Votaron en contra Yasmín Esquivel, María Estela Ríos, Arístides Guerrero y Giovanni Figueroa, quien subrayó que el recurso “ni siquiera debió estudiarse”.

El criterio aprobado abre una puerta excepcional para combatir sentencias presuntamente fraudulentas, pero también plantea un debate profundo sobre los límites del máximo tribunal para reinterpretar procesos que la ley no regula de manera explícita.

Nota Completa
Recomendamos leer...
Close
Back to top button