La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió parcialmente el acuerdo del Ejecutivo que cataloga las obras de infraestructura del Gobierno federal como asuntos de interés público y de seguridad nacional y que puede blindar la información al respecto.
La decisión vino tras admitir a trámite un recurso constitucional interpuesto por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), que el pasado miércoles advirtió que el acuerdo “transgrede los principios de supremacía constitucional y legalidad”.
Óscar Guerra, comisionado del Inai, dijo que en el acuerdo “se observa una posible afectación a este derecho” respecto de autorizaciones, dictámenes, permisos, licencias, licitaciones públicas y disposición de recursos.
Todos relacionados con los proyectos y obras como el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, la refinería de Dos Bocas y el Tren Maya, que podrían ser considerados como de interés público y seguridad nacional.
El 22 de noviembre, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) apareció un acuerdo “en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional”.
Con ese decreto, el Presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) afirmó que busca agilizar el desarrollo y evitar que los megaproyectos que se construyen en su administración sean frenados mediante amparos.
El acuerdo fue tachado por la oposición de incentivar la opacidad.
El Inai señaló que al calificarse como de seguridad nacional a las obras y proyectos del Gobierno de AMLO, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal “pueden llegar a reservar” la información relacionada con estos.