SCJN ordena la emisión de nuevas actas de nacimiento para las personas que se cambien de sexo

La SCJN ha acordado amparar la emisión de una nueva acta de nacimiento en los casos de reasignación sexual. De esta manera, en un paso sin precedentes en el país en materia de igualdad e identidad de género, se ampara la modificación del nombre y sexo asentados en el acta original.

Así lo ha precisado la Suprema Corte en un comunicado, en el ha que ha destacado que “toda persona tiene el derecho de definir su propia identidad sexual y de género y, corresponde al Estado garantizar esta decisión”.

La resolución se desprende del fallo sobre un recurso presentado por una persona, que no ha sido identificada, a la que el Supremo ampara “a efecto de que el Registro Civil del Estado de Jalisco emita una nueva acta de nacimiento para modificar el nombre y sexo asentados en el acta originalmente expedida al quejoso”.

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Asimismo, los magistrados precisan que “la expedición de tal documento de identidad debe realizarse mediante un procedimiento de aclaración ante el Registro Civil y no necesariamente mediante el desahogo de un proceso judicial de rectificación”.

La Sala aclara también que la modificación de estos datos “no se traduce en que la historia pasada de la persona desaparezca a partir de ese momento”, razón por la cual “todos aquellos actos del individuo que hubiere realizado bajo su identidad anterior y que traen aparejados efectos jurídicos, siguen produciéndolos y le son exigibles”.

Fuente: https://www.actualidad.rt.com

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