SCJN permite modificar renta por fuerza mayor

Inquilinos pueden solicitar reducción de renta si no habitan el inmueble por causas de fuerza mayor.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución a favor de las personas que pagan renta, otorgándoles el derecho de solicitar la modificación de sus contratos en caso de que no puedan habitar los inmuebles por causas de fuerza mayor.

La resolución, publicada este miércoles 29 de enero, establece que “los arrendatarios que, por causas de fuerza mayor, no puedan habitar hasta por dos meses el inmueble rentado, podrán solicitar la rescisión o modificación del contrato para reducir el monto de la renta”.

Con este fallo, los propietarios no podrán aplicar prácticas abusivas contra inquilinos que, por razones fuera de su control, no hayan podido ocupar el inmueble.

Un equilibrio legal para inquilinos y arrendadores

De acuerdo con la SCJN, “es injusto exigir el pago de rentas cuando no se está en condiciones de utilizar el bien arrendado”. Por esta razón, se busca un equilibrio legal que proteja los derechos de ambas partes.

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En la Ciudad de México, la legislación civil ya contempla condonaciones o reducciones de renta en casos similares. Si un inmueble no puede ser habitado por más de dos meses, incluso se puede solicitar la rescisión del contrato.

¿Cómo proceder si no pudiste habitar el inmueble y te quieren cobrar?

La SCJN estableció que los inquilinos que enfrenten esta situación deben actuar en un plazo de 30 días después de los dos meses en los que no pudieron habitar el inmueble para solicitar una reducción de la renta o la modificación del contrato.

Si el arrendador no accede a la solicitud, el inquilino tiene un plazo adicional de 30 días para recurrir a la vía judicial y hacer valer sus derechos.

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