El Senado aprobó, con 81 votos a favor, 10 en contra y una abstención, cambios en la Ley General de Salud para sancionar, hasta con 15 años de cárcel, el robo de vacunas, medicamentos e insumos esenciales para la protección de la población.
Las reformas establecen sanciones que van de uno a 15 años de prisión y una multa de cien a mil veces la Unidad de Medida y Actualización, al que por sí o por interpósita persona, se apodere de forma indebida de una o más vacunas que sean propiedad de las instituciones que constituyan el Sistema Nacional de Salud o aquellas incluidas en el Programa de Vacunación Universal.
La misma sanción se propone para quien se apodere de forma indebida de algún medicamento o de alguna ayuda funcional considerada como tal dentro de los insumas para la salud previstos en el artículo 194 Bis de la Ley.
De igual forma, el dictamen plantea la aplicación de una pena de tres a 10 años de prisión y una multa de trescientos a tres mil veces la Unidad de Medida y Actualización, a quien por sí o por interpósita persona, se apodere de forma indebida de las vacunas que tengan como propósito la inmunización en contra de un agente patógeno que haya dado lugar a pandemias de carácter mundial.
Esta sanción se aplicará también a quien se apodere de forma indebida de algún medicamento o alguna ayuda funcional cuando sea de uso esencial durante la acción extraordinaria en materia de salubridad general.
Por otro lado, cuando la persona que cometa alguna de dichas conductas sea servidora pública, se le aplicará una pena de cinco a 15 años de prisión y una multa de trescientos a tres mil veces la Unidad de Medida v Actualización.