Senado aprueba reforma a Ley de Amparo con 76 votos

La oposición advierte retrocesos en derechos y llama “ley del desamparo” a la iniciativa.

Ciudad de México, México. Con 76 votos a favor y 39 en contra, el Senado aprobó anoche la reforma a la Ley de Amparo que limita la figura de suspensión contra actos de autoridad, lo que impactará directamente en sectores estratégicos como electricidad, hidrocarburos, transporte, minería y medicamentos.

La modificación, impulsada por el Ejecutivo y respaldada por Morena y sus aliados, establece que no procederá la suspensión en casos donde autoridades federales revoquen permisos o concesiones en estas áreas, pese a las críticas de la oposición que advirtió un retroceso en la protección de los derechos ciudadanos.

Durante la sesión, se realizaron ajustes de última hora, entre ellos el reconocimiento del interés legítimo para demandas colectivas. Sin embargo, la oposición —integrada por PAN, PRI y Movimiento Ciudadano— consideró que la reforma desnaturaliza al amparo, pieza clave del sistema jurídico mexicano. El exmagistrado Juan Pablo Gómez Fierro destacó que la parte más sensible es la restricción a la suspensión contra actos de autoridad.

Con ironía, los senadores emecistas Clemente Castañeda y Alejandra Barrales calificaron la reforma como la “ley del desamparo”, al considerar que deja a la ciudadanía en estado de indefensión. La priista Carolina Viggiano acusó presiones internas para incluir un transitorio que permitiera retroactividad en la aplicación de la norma. Finalmente, la Comisión de Justicia, presidida por el morenista Javier Corral, logró retirar dicho apartado, aunque el debate generó tensiones con los coordinadores de Morena, Adán Augusto López e Ignacio Mier.

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Morena defendió la iniciativa al señalar que el objetivo es “fortalecer el juicio de amparo como escudo ciudadano frente al poder”, pero sin permitir abusos procesales que, a su juicio, han frenado el desarrollo del país. Según el dictamen, la figura del interés legítimo ahora deberá demostrar una lesión jurídica real, individual o colectiva, que genere un beneficio cierto al quejoso, evitando amparos con intereses abstractos.

En cuanto a la suspensión del acto reclamado, esta se mantiene como medida de protección, pero con límites en casos relacionados con lavado de dinero, financiamiento al terrorismo, actividades sin concesión y deuda pública.

La senadora panista Guadalupe Murguía criticó el procedimiento, señalando que la reforma se aprobó con prisas, improvisaciones y ajustes de último momento. Por su parte, Claudia Anaya, del PRI, recordó que el juicio de amparo es uno de los mayores aportes de México al derecho universal y lamentó que el país ahora avance en sentido contrario al espíritu garantista que históricamente lo distinguió.

Con esta aprobación, el Senado consumó una de las reformas más polémicas del actual periodo legislativo, que aún promete encender el debate jurídico y político en torno a la protección de los derechos fundamentales en México.

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