Senado crea el sustento legal de la Guardia Nacional

Con el respaldo de Morena, PAN, Movimiento Ciudadano y Partido del Trabajo, el Senado arrancó el proceso legislativo para construir las herramientas legales que darán sustento al trabajo de la Guardia Nacional, con la iniciativa perredista para crear el Registro Nacional de Detenciones, la cual tendrá que ser un instrumento eficiente para evitar la desaparición de personas y garantizar los derechos de los detenidos.

“Cada vez que haya una detención se tiene que registrar. Esto va a evitar que pueda haber desapariciones, que pueda haber personas que estén detenidas y que no se le avise a la familia, que no se notifique y que se haga pública esa detención, dentro del esquema de cooperación de autoridades; es decir, será un antes y después en esta materia”, expresó Miguel Ángel Mancera, autor de la iniciativa que el jueves abrió su proceso legislativo, a fin de avanzar en la construcción de los acuerdos que permitan las leyes que sustenten el trabajo de la Guardia Nacional.

“El Presidente de la República ha reiterado el llamado a que pronto pueda operar la Guardia Nacional. Para que opere se requiere de esto. Se requiere la Ley Orgánica; se requiere la Ley del Uso de la Fuerza y se requiere de una Ley del Registro Nacional de Detenciones”, recordó Mancera.

El coordinador de los senadores del PRD precisó que en esta propuesta “estamos planteando todos los principios de organismos internacionales, directrices de tribunales internacionales y, por supuesto, lo que corresponde a diversos estudios sobre la materia”.

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La propuesta de Ley del Registro Nacional de Detenciones precisa que estará a cargo del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y su acceso será restringido y controlado, a fin de evitar la fuga de información o el uso de los datos con fines ajenos a los procesos judiciales; por eso, cada vez que una persona desee conocer si algún familiar está detenido, deberá solicitarlo a un juez, cuya orden será la única que permita la consulta del listado.

“El acceso al Registro sólo podrá llevarse a cabo por personas que cuenten con la debida acreditación de exámenes de control y confianza y de las capacidades técnicas para hacerlo, en razón de los niveles de acceso que les sean conferidos”, dice la propuesta.

Añade que “las personas autorizadas para tal efecto deberán contar con un perfil de usuario oficial y una llave de acceso, y serán responsables de su correcta utilización. Las modificaciones de alguna de las bases de datos que compongan el Registro Nacional quedarán asentadas con la identidad del titular del perfil de usuario. El registro solamente podrá ser manejado en equipos oficiales. Las sanciones a esta falta se aplicarán conforme a lo dispuesto en la Ley de Responsabilidades Administrativas”, dice.

Fuente: https://www.excelsior.com.mx

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