Suprema Corte salva a Cuauhtémoc Blanco

El ex futbolista enfrentaba un procedimiento administrativo que podría concluir con su destitución. Es la segunda vez que la Corte frena su separación del cargo.

En resoluciones distintas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó dejar sin efecto un procedimiento para suspender de su cargo al alcalde de Cuernavaca, Morelos, Cuauhtémoc Blanco, y ordenó separar de su puesto a todos los integrantes del Ayuntamiento de Paraíso, Tabasco, por incumplir una sentencia judicial de amparo.

Además, el Máximo Tribunal dejó en suspenso la resolución de otro incidente de inejecución de sentencia que proponía destituir al Delegado en Cuauhtémoc, Ricardo Monreal Ávila; debido a que la demarcación presentó documentos para tratar de acreditar que finalmente cumplió con una sentencia de amparo.

En el caso del ex futbolista Cuauhtémoc Blanco, actual Presidente Municipal de Cuernavaca, la Suprema Corte admitió a trámite una controversia constitucional interpuesta por el Ayuntamiento de Cuernavaca para frenar el proceso de destitución que inició el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) del Estado de Morelos en contra del alcalde

El TJA emitió una declaratoria que lo faculta para destituir por desacato a Blanco Bravo, además de que lo inhabilita por seis años para ocupar cualquier cargo público a nivel estatal y municipal. La resolución también destituye a los demás integrantes del ayuntamiento y los somete a inhabilitaciones similares.

Sin embargo, el ministro instructor del asunto, Arturo Zaldívar, concedió al municipio de Cuernavaca una suspensión que impide ejecutar la destitución de Blanco hasta que se resuelva el fondo de la controversia constitucional.

Anteriormente, la Corte había suspendido un juicio político iniciado por el Congreso local en contra de Cuauhtémoc Blanco por la supuesta falsificación de su domicilio y por no cumplir con el requisito de residencia para ocupar el cargo de alcalde de Cuernavaca.

La controversia contra el Tribunal de Justicia Administrativa de Morelos fue presentada por la síndica del municipio de Cuernavaca, demanda en la que también señala a autoridades responsables a los Poderes Legislativo y Ejecutivo de Morelos, así como al Secretario General de Gobierno de esa misma entidad.

La controversia impugna la legalidad del artículo 91 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos y su publicación en la gaceta oficial del estado, debido a que dicha norma contempla que los magistrados del tribunal administrativo puedan emitir declaratorias de desacato cuando una autoridad local incumple con los fallos de ese mismo órgano judicial.

Además, se faculta al TJA del estado de Morelos para destituir e inhabilitar por seis años a cualquier funcionario estatal o municipal que no cumpla con las resoluciones del tribunal administrativo local.

El escrito de demanda argumenta que la declaratoria del Tribunal es contraria a la integración y autonomía municipal que contempla el artículo 15 constitucional. De igual forma, se argumenta que la norma impugnada “resulta incongruente” con la aplicación de la propia Ley Justicia Administrativa, en particular en lo que se establece en el artículo 11 fracción V.

Todas las autoridades señaladas en la demandas cuentan con un plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente de la notificación, para que envíen sus informes, pruebas y expedientes relacionados con este caso, bajo riesgo de ser multados en caso de que no cumplan.

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Destitución del Ayuntamiento de Paraíso

Por unanimidad de votos, el Pleno de la Suprema Corte ordenó remover de su cargo a todos los integrantes del Ayuntamiento de Paraíso, Tabasco, y consignarlos ante un juez federal de carácter penal por incumplir un juicio de amparo que obligaba a la alcaldía a reinstalar a 23 trabajadores municipales, así como a pagarles adeudos salariales por un monto de hasta tres millones de pesos.

Al resolver el incidente de inejecución de la sentencia 105/2017, el Máximo Tribunal también ordenó consignar ante un juez penal a la anterior integración del cabildo, incluyendo al ex alcalde, por incumplir con esa misma sentencia de amparo.

El fallo del Tribunal se dio a pesar de que el actual ayuntamiento hizo dos pagos parciales a los afectados por montos de 50 mil y 10 mil pesos, cifras que no representaban ni el 1.8 por ciento de los adeudos con los ex trabajadores de la alcaldía, los cuales lograron que se les reconocieran salarios caídos por cifras que oscilan entre uno y tres millones de pesos, según el expediente.

“Ello por sí solo revela que tales pagos constituyen alrededor del 1.8% del total de lo adeudado; lo que indica —con toda claridad— que no es ni siquiera la tercera parte del adeudo. De ahí que tales pagos parciales no puedan generar certeza de cumplimiento (de la sentencia de amparo), ya que no constituye un pago significativo que demuestre la intención de cumplir estos laudos”, señala el fallo de los ministros.

Por lo anterior, el Pleno de la Corte declaró fundado el incidente de inejecución de sentencia en este caso y ordenó separar de su cargo al actual alcalde, Bernardo Barrada Ruiz, emanado del PRD; así como a los 10 regidores y a los dos responsables de finanzas a nivel municipal.

Además, el ex alcalde perredista será consignado ante un juez penal del sistema acusatorio para que enfrente un proceso por violar la sentencia de un juicio de amparo.

La resolución también consigna ante un juez penal a la anterior conformación del cabildo que estuvo encabezada por el alcalde priista, Jorge Alberto Carrillo Jiménez. También serán imputados por violar el articulo 107 constitucional que obliga a cumplir los juicios de amparo.

La libra Monreal… por ahora

Un tercer incidente de inejecución de sentencia en el que se proponía destituir al delegado en Cuauhtémoc, Ricardo Monreal, fue retirado de la orden del día, luego de que las autoridades de la demarcación presentaran diversos oficios para tratar de acreditar que se está dando cumplimiento que ordena restituir en sus puestos a tres trabajadores de la demarcación.

La suspensión, explicó la Corte, es para “revisar las constancias exhibidas por las autoridades responsables y determinar si se puede o no, tener por cumplida la sentencia de amparo”, por lo que todavía persiste la posibilidad de que Monreal Ávila pueda ser separado del cargo.

Los tres empleados que ganaron el amparo a la Delegación Cuauhtémoc ganaron un juicio de amparo de forma definitiva el 11 de agosto de 2014, fallo con el que se obligaba a pagarles salarios caídos y a reinstalarlos en sus cargos de veterinarios.

Fuente: http://aristeguinoticias.com

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