Suprema Corte tiene 20 días naturales para resolver si habrá Consulta Popular

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) iniciará el trámite a la propuesta de realizar una consulta popular para poder enjuiciar por corrupción a cinco expresidentes de México.

La SCJN recibió del Senado de la República la solicitud de consulta popular y la propuesta de pregunta formulada enviada por el titular del Poder Ejecutivo y la petición se turnará, para su estudio, al ministro Luis María Aguilar Morales.

Este Alto Tribunal procederá a resolver el asunto dentro del plazo establecido en la Ley Federal de Consulta Popular, la cual señala que son 20 días naturales con los que cuenta para analizar y resolver si la propuesta de consulta planteada es constitucional o no.

Después de dicho tiempo, en caso de aprobarla, la SCJN tendrá 24 horas para dar a la Cámara de Senadores su resolución, la cual será definitiva e inatacable.

¿Cuál es la pregunta de la consulta?

La petición contiene la pregunta:

“¿Está de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las leyes y procedimientos aplicables, investiguen, y en su caso sancionen, la presunta comisión de delitos por parte de los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto antes, durante y después de sus respectivas gestiones?

¿Qué pasa si es aprobada la consulta ciudadana?

Si la consulta ciudadana es aprobada por la Suprema Corte, la Cámara de Senadores la turnará a los Diputados para que la propuesta sea debatida y deliberada por ambos órganos del Congreso de la Unión. De ser aprobada por mayoría simple, será enviada al Instituto Federal Electoral (INE) para que organice el ejercicio de participación ciudadana.

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La convocatoria deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación y el instituto promoverá la participación de los ciudadanos a través de los tiempos en radio y televisión que corresponden a la autoridad electoral.

La promoción deberá ser imparcial. De ninguna manera podrá estar dirigida a influir en las preferencias de la ciudadanía, a favor o en contra de la consulta popular.

Fuente: AGENCIAS

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