TEPJF acusa a dos funcionarios del INE de boicotear el registro de México Libre

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en México pidió al Órgano Interno de Control (OIC) del Instituto Nacional Electoral (INE) iniciar una investigación contra dos de sus funcionarios, por supuestas omisiones que habrían influido en que México Libre, la organización impulsada por Felipe Calderón y Margarita Zavala, no obtuviera el registro como partido político ante el Instituto.

Se trata de Patricio Ballados, director general de Prerrogativas y Partidos Políticos, y Carlos Alberto Ferrer Silva, titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral (INE).

A propuesta del magistrado José Luis Vargas Valdez, ponente del proyecto de sentencia que negó el registro a México Libre, el pleno del TEPJF consideró que ambos funcionarios actuaron “con manifiesta pasividad y desdén” e incurrieron en “notoria negligencia” en el desempeño de las obligaciones de sus cargos, por lo que pidió que el OIC determine si su conducta puede derivar en responsabilidades administrativas.

Ballados y Ferrer fueron señalados de retrasar el desahogo de una investigación sobre supuestas afiliaciones irregulares a México Libre, misma que no fue concluida antes de la sesión donde el Consejo General del INE se pronunciaría sobre la procedencia del registro de la organización.

La Dirección de Prerrogativas, encabezada por Ballados, turnó el expediente a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE), dirigida por Ferrer Silva, el 4 de agosto. Fue hasta un mes después que esta Unidad inició la integración del cuaderno de antecedentes, esto es, el 4 de septiembre el día de la sesión donde el Consejo General del INE votó sobre la creación de los nuevos partidos.

El retraso de este procedimiento fue clave en la manera como votaron dos consejeros del INE en la sesión del Consejo: Jaime Rivera y Adriana Favela, cambiaron el sentido de su voto e inclinaron la balanza hacia la negativa del registro, resolución que fue apoyada por 7 de los 11 consejeros.

Durante la sesión, los consejeros Rivera y Favela señalaron que no podían votar a favor del registro de México Libre antes de conocer el resultado del procedimiento inconcluso. De hecho, Favela comentó que, de no haber existido este impedimento, habría votado a favor de otorgar el registro, lo que, sumado al voto de Rivera, habría cambiado decisivamente el tablero (la organización calderonista habría obtenido el apoyo de 6 consejeros contra 5).

“En esta vista creo que se están dando cuenta de unas irregularidades que acontecieron en la conformación de esta organización que pretende su registro como partido político a nivel nacional. Entonces, no tengo esos elementos en este momento para pronunciarme a favor del registro. Y, por lo tanto, votaría en contra de que se le otorgue el registro a Libertad y Responsabilidad Democrática (México Libre)”, dijo Favela.

Rivera secundó: “Dada la trascendencia de esta decisión, y dada esta incertidumbre, por apego a los principios de legalidad y de certeza, considero que no se puede otorgar el registro sin haber agotado (…) los procedimientos ordinarios sancionadores que estaban en curso a fin de darnos más certeza sobre la legalidad y procedencia de tales registros”.

La posición de ambos consejeros generó sorpresa entre sus colegas del INE, quienes les hicieron notar dos cosas: uno, que el Consejo General ya había acordado que se votaría sobre la procedencia del registro de nuevos partidos a pesar de que estuvieran pendientes algunas indagatorias; y dos, que la inconclusión de tales asuntos no podía ser un criterio para negar el registro a una organización. Estos razonamientos no prosperaron.

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Tras la negativa del INE a concederle el registro, México Libre recurrió al Tribunal Electoral federal para reclamar que el hecho de que existiera un procedimiento pendiente de resolución no era una falta atribuible a México Libre, sino al propio árbitro electoral, criterio que el pleno de la Sala Superior validó.

En la petición del Magistrado Vargas para investigar a los dos funcionarios del INE, dijo que “para esta Sala Superior queda acreditado que existió falta de organización y comunicación interna entre las diversas áreas de la autoridad electoral nacional, que motivaron que incumpliera con su obligación legal de verificar en tiempo y forma el cumplimiento irrestricto de los requisitos y del procedimiento de constitución (de un partido) de manera previa a la formulación del dictamen correspondiente”.

Vargas acusó a Ballados, titular de la DGPPP, de “desentenderse” de su responsabilidad al dar vista a la UTCE de las supuestas irregularidades cometidas por México Libre.

“(El funcionario) se desentendió del asunto al dar la vista aludida (UTCE), lo que, en su caso particular, es injustificado, pues, por las funciones que tiene encomendadas, es obvio que sabía la fecha límite que tenía el Instituto Nacional Electoral para resolver en definitiva sobre las solicitudes de registro de nuevos partidos políticos nacionales”, indica la sentencia.

“Por tanto, una actuación apegada a Derecho de su parte requería que realizara todas las gestiones necesarias a su alcance para instar a las áreas competentes a que instruyeran y resolvieran en tiempo y forma todos los procedimientos relacionados con el proceso de constitución de nuevos partidos políticos, para que, así, la institución estuviera en aptitud de resolver con plena objetividad sobre las solicitudes de registro correspondientes”.

En el caso de Ferrer Silva, titular de la UTCE, Vargas dijo que existe evidencia de que no hizo nada durante un mes (entre el 4 de agosto y el 4 de septiembre, día de la sesión del Consejo General del INE), pese a que la indagatoria pendiente sobre México Libre requería una resolución urgente.

La sentencia señala que el árbitro electoral incumplió con su obligación de valorar todas las pruebas aportadas por las organizaciones políticas sobre finanzas, asambleas y afiliación antes de pronunciarse sobre la procedencia de su registro.

“La autoridad debió efectuar las diligencias oportunas y actuaciones necesarias que le permitieran contar con todos los elementos para emitir una determinación exhaustiva, pues, de otra forma, se corría el riesgo de atentar contra los derechos de la organización, o contra los principios de certeza y legalidad”, indica.

Aun así el Magistrado Vargas, en su propuesta, negó el registro a México Libre al considerar que la organización de Calderón y Zavala no acreditó una parte importante del origen de las aportaciones en dinero que recibió de supuestos simpatizantes.

Animal Político solicitó al área de comunicación social del INE una postura sobre la investigación solicitada por el TEPJF; ésta respondió que el árbitro electoral tiene que analizar la sentencia a detalle antes de emitir un posicionamiento.

Fuente: AGENCIAS – ANIMAL POLÍTICO

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