TEPJF ordena inclusión de 18 aspirantes a la elección judicial

Tribunal exige justificación para la exclusión de otros 48 candidatos.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha emitido una resolución que ordena a los Comités de Evaluación de los Poderes Ejecutivo y Legislativo incluir a 18 personas en la lista de finalistas para la elección extraordinaria de personas juzgadoras. Esta decisión se tomó en una sesión pública donde se abordaron diversos asuntos relacionados con la elección judicial programada para junio próximo.

Por unanimidad, los magistrados del TEPJF determinaron que los 18 aspirantes, originalmente descartados, cumplen con los requisitos de elegibilidad necesarios para ocupar los cargos de jueces, magistrados y ministros. En su argumentación, la sala destacó que la autoridad responsable había reconocido previamente que estas personas eran aptas para continuar en el proceso de evaluación, lo que llevó a la conclusión de que su exclusión fue indebida.

La lista incluye a jueces y magistrados en funciones, así como a abogados y catedráticos en derecho, quienes ahora tendrán la oportunidad de competir por los puestos judiciales.

Además, el tribunal ordenó a los comités de evaluación proporcionar una justificación clara sobre los requisitos que no cumplieron 48 aspirantes excluidos. Esta medida busca garantizar el principio de legalidad y dotar de certeza al proceso electoral, beneficiando tanto a los aspirantes como a la ciudadanía en general.

En la misma sesión, se desecharon numerosos casos debido a que sus recursos fueron presentados de manera extemporánea o no justificaron adecuadamente su apelación. Estos recursos forman parte de un paquete de 456 expedientes que la Suprema Corte había enviado a la Sala Superior.

Por otro lado, el Tribunal Constitucional tiene pendiente resolver el recurso de reclamación 286/2024, que cuestiona si el TEPJF tiene la facultad de ordenar la reanudación de la elección judicial. Este asunto aún no ha sido asignado a ningún ministro, y se ha señalado que en ocasiones anteriores, los magistrados federales han manifestado que el tribunal no posee tales facultades.

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