
Ciudad de México, México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las multas impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE) a 176 candidatos a juzgadores de la pasada elección judicial, al considerar que el órgano electoral no acreditó pruebas suficientes sobre su responsabilidad en el uso y difusión de los llamados “acordeones” físicos y digitales.
La resolución del TEPJF se dio con más de un mes de retraso y anuló sanciones que en conjunto ascendían a 6.3 millones de pesos, incluyendo 1.1 millones de pesos aplicados a aspirantes a ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Entre los sancionados por el INE figuraban Loretta Ortiz (255 mil pesos), Yasmín Esquivel (190 mil 980 pesos), Sara Irene Herrerías (138 mil pesos), María Estela Ríos González (125 mil 810 pesos) y Giovanni Azael Figueroa Mejía (94 mil 358 pesos).
El INE había determinado que los candidatos fueron responsables de la difusión de los acordeones, materiales que supuestamente promovían sus nombres o candidaturas durante el proceso de elección judicial. Sin embargo, el Tribunal Electoral concluyó que no existían elementos suficientes para demostrar que obtuvieron un beneficio o que tuvieran conocimiento directo de la conducta infractora.
“Es fundado lo alegado en cuanto a que se trata de resoluciones contradictorias, porque se sancionan a las personas candidatas a pesar de que se comprobó que la elaboración de los acordeones y sitios web no les es atribuible, sino que son resultado del actuar de un tercero no identificado”, estableció el proyecto aprobado por mayoría.
La decisión fue avalada por los magistrados Mónica Soto, Felipe de la Mata Pizaña y Alfredo Fuentes Barrera, mientras que Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón votaron en contra, presentando voto particular.
La magistrada Otálora propuso revocar las multas para ordenar al INE realizar investigaciones más exhaustivas e integrales, pero su planteamiento no prosperó ante la mayoría del pleno.
Durante la sesión, el Tribunal también aprobó la excusa de los magistrados Claudia Valle Aguilasocho y Gilberto de Guzmán Bátiz García, quienes participaron en el proceso de elección judicial y se abstuvieron de votar.
Con esta resolución, la Sala Superior del TEPJF revocó de manera definitiva las sanciones del INE, argumentando que la determinación del instituto fue “indebidamente fundada y motivada”, al no comprobar de manera fehaciente que las candidaturas obtuvieran provecho de los materiales que circulaban como propaganda irregular.











