Por ello, luego de que se detectó que la empresa canadiense que está en proceso de cierre, realiza trabajos de manera irregular en el municipio, sin haber cumplido con lo que la Ley los obliga en cuanto al ámbito municipal, se emprendieron acciones administrativas, a lo que la empresa en lugar de dar respuesta recurrió a interponer un amparo, mismo que le fue negado por un juzgado federal.
Abundó que el Juzgado Cuarto de Distrito, falló en contra del juicio de amparo 620/2019, promovido por la Minera San Xavier mediante el cual pretendía evadir una orden de inspección del Ayuntamiento soledense que le había sido notificada, pero el fallo fue en su contra.
El Ayuntamiento de Soledad por su parte, sustenta cada una de las acciones administrativas porque es una obligación el cumplir con lo que establece la Ley, para que la empresa se encuentre en un estatus regular.
El Ayuntamiento tiene la facultad de verificar el uso de explosivos, sus licencias de construcción, los trabajos que se están realizando y la afectación ambiental que generan, por ello, no se dará marcha atrás a las acciones emprendidas, sentenció.
Cabe señalar que el Juzgado Tercero de Distrito también negó un amparo a la empresa canadiense, por la inspección promovida por el municipio de Cerro de San Pedro.